Tolerancia

En determinados casos, la norma de tolerancia permite un uso limitado de materias no originarias que, de otro modo, no estarían permitidas en virtud de la norma específica del producto, con sujeción a las condiciones y límites establecidos en la disposición pertinente. Esta regla de tolerancia generalmente permite el uso de un porcentaje específico de materias no originarias, incluso si está restringido por un cambio en la regla de clasificación arancelaria o un requisito específico del proceso de producción.

Se puede seguir considerando que el producto cumple la norma de origen aplicable si el valor de las materias no originarias no supera un porcentaje específico (normalmente 10 o 15 %) de:

  • el valor del precio franco fábrica del producto final, o
  • el peso del producto final

En general, la tolerancia se aplica de la siguiente manera:

  • Si se aplica la regla de «cambio de clasificación arancelaria», la tolerancia permite el uso de materias no originarias que tengan las mismas partidas arancelarias que el producto final, siempre que el valor de estas materias no supere el umbral de tolerancia.
  • Si se aplica la norma de «fabricación a partir de determinados productos», la tolerancia permite el uso de materias no originarias que representen una fase posterior de la producción, siempre que su valor no supere el umbral de tolerancia.
  • Cuando la norma de la lista establezca que las materias utilizadas en la producción deben ser enteramente obtenidas, la tolerancia se aplicará a la suma de dichas materias. No obstante, la tolerancia no se aplicará a los productos enteramente obtenidos en el sentido de la disposición relativa a los «productos enteramente obtenidos» del régimen comercial preferencial.
  • Si la norma de origen específica del producto ya contiene un porcentaje máximo basado en el valor o el peso del producto, la norma de tolerancia no puede utilizarse para aumentar dicho porcentaje. En este caso, se aplicará el porcentaje máximo definido en las normas de origen específicas por productos.

Se aplican normas específicas de tolerancia a los textiles y artículos textiles de los capítulos 50 a 63 del SA, en lugar de la norma general de tolerancia. Estas normas se incluyen generalmente en las notas introductorias de las normas de origen específicas por productos de cada acuerdo.

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