Acumulación

Acumulación es el término utilizado para describir un sistema que permite que las materias originarias del país A se transformen o añadan a los productos originarios del país B, como si hubieran sido originarios del país B. El producto resultante puede adquirir el origen del país B, siempre que se cumplan las condiciones aplicables. La acumulación solo puede aplicarse entre países que operen con normas de origen idénticas.

Existen tres tipos de acumulación: bilateral, diagonal y completo.

A) Acumulación bilateral

La acumulación bilateral involucra a dos partes: la UE y un país socio. Permite utilizar materias originarias de la UE como materias originarias de un país socio y viceversa. Este tipo de acumulación se aplica a todos los acuerdos comerciales preferenciales de la UE.

B) Acumulación diagonal

La acumulación diagonal es similar a la acumulación bilateral, pero se utiliza en relación con más de dos países. Permite utilizar materias originarias de otro país definido como materias originarias. Solo puede utilizarse cuando existan disposiciones específicas para este tipo de acumulación.

La acumulación diagonal solo puede aplicarse a las materias originarias de otro país definido, que luego se transforman en una de las partes.

Las formas particulares de acumulación diagonal son las denominadas acumulaciones «regionales» y «extendidas», que son específicas del Sistema de Preferencias Generalizadas (Regional + Extendida) y de la asociación de los Países y Territorios de Ultramar de la UE (Extendida).

C) Acumulación total

A diferencia de la acumulación bilateral y diagonal, que se aplica únicamente a las materias originarias, la acumulación total también tiene en cuenta las elaboraciones o transformaciones realizadas sobre materias no originarias. En otras palabras, cuando se aplica la acumulación total, todas las operaciones realizadas en los países socios cubiertos por el acuerdo comercial preferencial se consideran conjuntamente a la hora de determinar el origen del producto final, incluso si las materias utilizadas no son originarias.

Si el tratamiento llevado a cabo en una parte solo está incluido en la lista de operaciones insuficientes, no puede aplicarse la acumulación total.

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